Honduras tiene una particularidad que lo distingue de casi toda América Latina: dos salarios adicionales obligatorios al año, no uno.
Décimo tercer mes (aguinaldo)
Se paga en diciembre
El período que cubre va de diciembre a noviembre
Décimo cuarto mes (catorceavo)
Se paga en junio
El período va de julio a junio
Esa diferencia de períodos es importante: no son dos pagos del mismo cálculo, son dos prestaciones con ventanas distintas.
Cómo se calculan
Se suman los salarios del período correspondiente y se dividen entre 12. Si trabajaste el período completo con salario fijo, el resultado es un salario mensual completo.
Si tu salario cambió durante el período, hay que sumar mes a mes y después dividir. Un aumento a mitad de camino se refleja proporcionalmente.
Si no trabajaste el período completo
Te corresponde la parte proporcional a los meses efectivamente trabajados. Y esto aplica sea cual sea el motivo de la salida.
Dos ventajas fiscales
El décimo tercer y el décimo cuarto mes están exentos del Impuesto sobre la Renta hasta el equivalente de diez salarios mínimos promedio, y no cotizan al IHSS ni al RAP.
Eso significa que estos pagos llegan prácticamente completos, sin los descuentos que sí tiene tu salario ordinario.
Un detalle que suma
Para calcular el valor del día de vacaciones, el artículo 123 toma en cuenta catorce salarios al año: los doce meses más el aguinaldo y el catorceavo. Es una diferencia importante frente a otros países y hace que las vacaciones hondureñas valgan más.
Si no te lo pagan
Podés reclamarlo ante la STSS sin esperar a que termine la relación laboral. Y verificá que la base incluya horas extra y comisiones habituales.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el décimo tercer y el décimo cuarto mes?
El décimo tercero en diciembre, cubriendo el período de diciembre a noviembre. El décimo cuarto en junio, cubriendo de julio a junio.
¿Cómo se calculan?
Sumando los salarios del período correspondiente y dividiendo entre doce. Si tu salario cambió durante el período, hay que sumar mes a mes antes de dividir.
¿Pagan IHSS, RAP o impuesto sobre la renta?
No cotizan al IHSS ni al RAP, y están exentos de ISR hasta el equivalente de diez salarios mínimos promedio. Llegan prácticamente completos.
¿Los pierdo si renuncio a mitad de año?
No. Te corresponde la parte proporcional a los meses trabajados, sea cual sea el motivo de la salida.
¿Influyen en el cálculo de las vacaciones?
Sí. El artículo 123 toma catorce salarios al año para calcular el valor del día de vacaciones, incluyendo el aguinaldo y el catorceavo.