Aguinaldo: se calcula sobre todo lo cobrado, no sobre el básico

Por Equipo Saplic Publicado el 11/08/2026 Actualizado el 11/08/2026

El artículo 243 dice "todas las remuneraciones". Ese detalle cambia el monto para quien tiene comisiones o horas extras.

En esta guía
  1. La base es amplia
  2. La fecha
  3. Si no completaste el año
  4. Está exonerado del IRP
  5. Si no te lo pagan
  6. Qué verificar

El aguinaldo paraguayo está en el artículo 243 del Código del Trabajo y equivale a la doceava parte del total de remuneraciones percibidas en el año calendario.

La base es amplia

Repare en la palabra: remuneraciones, no salario básico. Si durante el año cobraste comisiones, horas extras habituales o bonificaciones regulares, todo eso entra en la suma.

La fórmula es simple: sumá todo lo que cobraste desde el 1 de enero y dividí entre 12.

Por eso un aguinaldo calculado solo sobre el salario básico suele quedar corto.

La fecha

Debe pagarse antes del 31 de diciembre de cada año.

Si no completaste el año

Te corresponde la parte proporcional: el total cobrado en el año dividido entre 12, multiplicado por los meses trabajados.

Y esto aplica siempre, renuncies o te despidan. El aguinaldo proporcional es parte irrenunciable de cualquier liquidación.

Está exonerado del IRP

El aguinaldo no paga Impuesto a la Renta Personal.

Si no te lo pagan

Podés denunciarlo ante el MTESS. La Inspectoría del Trabajo puede visitar la empresa, ordenar el pago y aplicar multas.

Qué verificar

Dos cosas: que la base incluya todo lo que cobraste durante el año, y que el pago haya llegado antes del 31 de diciembre.

Si tenés recibos de sueldo con comisiones y el aguinaldo salió igual a un salario básico, algo no cuadra.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el aguinaldo en Paraguay?
Es la doceava parte del total de remuneraciones percibidas en el año calendario. Se suma todo lo cobrado desde el 1 de enero y se divide entre 12.
¿Entran las comisiones y horas extras?
Sí. El artículo 243 habla de remuneraciones, no de salario básico. Si cobraste comisiones u horas extras habituales, todo eso entra en la base.
¿Cuándo me lo deben pagar?
Antes del 31 de diciembre de cada año.
¿Lo pierdo si renuncio a mitad de año?
No. Te corresponde la parte proporcional a los meses trabajados, y se paga siempre, sea cual sea el motivo de la salida.
¿El aguinaldo paga impuesto?
No. Está exonerado del Impuesto a la Renta Personal.

Fuentes

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