El reparto de utilidades en Perú tiene condiciones específicas, y no todos los trabajadores tienen derecho.
Quién recibe
Recibes utilidades si se cumplen tres condiciones:
La empresa tuvo ganancias el año anterior
Tiene más de 20 trabajadores en planilla
Pertenece al sector privado
Si tu empresa tiene veinte trabajadores o menos, no hay reparto.
El porcentaje varía por sector
El porcentaje de la renta anual que se reparte depende de la actividad económica de la empresa. Los sectores con mayor uso de mano de obra tienen porcentajes más altos.
Cómo se distribuye
El monto se reparte entre los trabajadores considerando dos factores:
Los días efectivamente laborados durante el ejercicio
El nivel de remuneración percibida
Por eso dos personas de la misma empresa pueden recibir montos bastante distintos.
Si ya no trabajas ahí
Si trabajaste durante el ejercicio y saliste antes del reparto, igual te corresponden las utilidades de ese período.
Es un derecho que muchos ex trabajadores no reclaman simplemente porque ya no están en la empresa y no se enteran del reparto.
No entra en la liquidación automáticamente
Las utilidades tienen su propia oportunidad de pago y no se incluyen en la liquidación de beneficios sociales.
Si saliste a mitad de año, conviene averiguar cuándo se reparte y hacer el seguimiento.
El plazo
El reparto se hace dentro de los treinta días siguientes al vencimiento del plazo para presentar la declaración anual del impuesto a la renta.
Si no te las pagan
Puedes denunciar ante SUNAFIL. Y si ya no trabajas en la empresa, igual tienes legitimidad para reclamar.
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene derecho a utilidades?
Trabajadores de empresas del sector privado con más de 20 trabajadores en planilla que hayan tenido ganancias el año anterior.
¿Cómo se reparten?
Considerando los días efectivamente laborados durante el ejercicio y el nivel de remuneración percibida. Por eso los montos varían entre compañeros.
¿Cobro utilidades si ya salí de la empresa?
Sí, si trabajaste durante el ejercicio. Es un derecho que muchos ex trabajadores no reclaman por no enterarse del reparto.
¿Las utilidades entran en mi liquidación?
No. Tienen su propia oportunidad de pago y no se incluyen automáticamente en la liquidación de beneficios sociales.
¿Cuándo se reparten?
Dentro de los treinta días siguientes al vencimiento del plazo para presentar la declaración anual del impuesto a la renta.