Liquidación: cinco conceptos y uno que depende del despido
Por Equipo SaplicPublicado el 11/08/2026Actualizado el 11/08/2026
Y una regla de tributación que decide cuánto llega realmente a tu cuenta.
Información orientativa
Los montos y plazos de esta guía pueden cambiar por ley. Verificá siempre la fecha de actualización y las fuentes oficiales citadas abajo. Para un caso concreto, consultá al Ministerio de Trabajo o a un profesional.
Al terminar la relación laboral en Perú, la liquidación de beneficios sociales reúne varios conceptos.
Qué debe incluir
Sueldo del mes en curso — los días trabajados no pagados
CTS trunca — la parte proporcional del semestre en curso
Gratificación trunca — la fracción del semestre corriente
Vacaciones truncas — si no completaste el año
Vacaciones vencidas no gozadas — si ya ganaste el período pero no descansaste
El triple vacacional
Este es un punto importante. Si ganaste el derecho a vacaciones y no tomaste el descanso físico, puede generarse lo que se conoce como triple vacacional: la remuneración por el trabajo realizado, la remuneración vacacional y una indemnización equivalente.
No siempre aplica, pero si acumulaste períodos sin descansar, es algo que conviene revisar.
La indemnización por despido arbitrario
Corresponde solo cuando el cese fue un despido sin causa justificada, según los artículos 34 y 38 del D.S. 003-97-TR.
No aparece en una renuncia ni en un cese por causa justa comprobada.
La tributación por concepto
Acá está lo que decide cuánto llega a tu cuenta:
CTS: exonerada de impuesto y de aportes
Gratificaciones: inafectas a EsSalud, AFP y ONP, pero sujetas a renta de quinta
Vacaciones truncas y sueldo del mes: sujetos a retención de quinta categoría según tu tramo
El plazo de pago
No hay un plazo legal expreso en el D. Leg. 728 para la entrega física de la liquidación, pero la demora genera intereses a la tasa activa del BCRP.
En la práctica, los juzgados laborales consideran que el pago debe realizarse el día del cese o a más tardar en los días siguientes.
Las utilidades van aparte
La liquidación no incluye automáticamente las utilidades. Si la empresa reparte utilidades y trabajaste durante el ejercicio, ese pago se hace en su propia oportunidad.
Antes de firmar
Verifica que estén los cinco conceptos y que la CTS trunca no falte. Si algo no cuadra, SUNAFIL atiende denuncias.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe incluir mi liquidación?
Sueldo del mes en curso, CTS trunca, gratificación trunca, vacaciones truncas y vacaciones vencidas no gozadas. La indemnización solo si el despido fue arbitrario.
¿Qué es el triple vacacional?
Cuando ganaste el derecho a vacaciones y no tomaste el descanso físico, puede generarse el pago de la remuneración por el trabajo, la vacacional y una indemnización.
¿Qué conceptos tributan?
La CTS está exonerada. Las gratificaciones son inafectas a aportes pero sujetas a renta de quinta. Vacaciones truncas y sueldo del mes tienen retención de quinta.
¿Cuándo me deben pagar la liquidación?
No hay plazo legal expreso, pero la demora genera intereses a tasa activa del BCRP y los juzgados consideran que debe pagarse el día del cese o poco después.
¿Las utilidades entran en la liquidación?
No automáticamente. Si la empresa reparte utilidades y trabajaste durante el ejercicio, ese pago se hace en su propia oportunidad.