Por Equipo SaplicPublicado el 11/08/2026Actualizado el 11/08/2026
Tres rubros se pagan pase lo que pase. El cuarto depende de si el despido fue justificado o no.
Información orientativa
Los montos y plazos de esta guía pueden cambiar por ley. Verificá siempre la fecha de actualización y las fuentes oficiales citadas abajo. Para un caso concreto, consultá al Ministerio de Trabajo o a un profesional.
La liquidación panameña tiene una lógica clara una vez que se entiende cuál rubro depende de qué.
Lo que se paga siempre
Sin importar si renunciaste, te despidieron con causa o sin ella:
Prima de antigüedad (art. 224) — una semana por año
Décimo tercer mes proporcional
Vacaciones proporcionales y no disfrutadas
Salarios pendientes
Lo que depende de la causa
La indemnización del artículo 225 es exclusiva del despido sin justa causa. Es progresiva según la antigüedad y puede ser el rubro más alto de toda la liquidación.
El preaviso también: son 15 o 30 días según tu antigüedad, y si no te lo dan, se paga en dinero.
Un ejemplo para fijar ideas
Alguien con cinco años de servicio y B/.1.200 mensuales, despedido sin causa:
Salario semanal: 1.200 ÷ 4,3333 ≈ B/.277,14
Prima de antigüedad: 277,14 × 5 ≈ B/.1.385,70
Indemnización: 277,14 × 3,4 × 5 ≈ B/.4.711,38
Más décimo y vacaciones proporcionales
Es un estimado. El monto real depende del salario promedio exacto, de convenios colectivos aplicables y de la fecha de salida.
Antes de firmar
Revisá que la base de cálculo incluya comisiones y horas extra habituales. Y verificá que la prima de antigüedad aparezca: es el rubro que más se omite, justamente porque mucha gente no sabe que se paga siempre.
Si algo no cuadra, podés firmar dejando constancia escrita de tu inconformidad. Y si preferís no firmar, el MITRADEL atiende reclamos laborales.
Preguntas frecuentes
¿Qué se paga siempre en una liquidación panameña?
Prima de antigüedad, décimo tercer mes proporcional, vacaciones proporcionales y salarios pendientes. Se pagan sea cual sea el motivo de la salida.
¿Cuándo me corresponde indemnización?
Solo en el despido sin justa causa. Es el artículo 225 y se suma a la prima de antigüedad, que se paga aparte.
¿Cuántos días de preaviso me deben dar?
Quince o treinta días según tu antigüedad. Si el empleador no lo da, debe pagarlo en dinero.
¿Entran las comisiones en la liquidación?
Sí. La base de cálculo debe incluir comisiones y horas extra habituales, no solo el salario base.
¿Debo firmar si no estoy de acuerdo con el monto?
Podés firmar dejando constancia escrita de tu inconformidad, o presentar el reclamo ante el MITRADEL.