El aguinaldo o décimo tercer mes está en los artículos 93 a 96 de la Ley 185. Equivale a un mes completo de salario por cada año trabajado.
La fecha y la penalización
Debe pagarse dentro de los primeros diez días de diciembre.
Y acá viene lo que distingue a Nicaragua: por cada día de retraso, el empleador debe pagar un día de salario adicional como penalización.
No es una multa administrativa que va al Estado: es dinero que te corresponde a vos. Si el pago llegó el 20 de diciembre, son diez días de salario extra.
El período de cálculo
Va del 1 de diciembre al 30 de noviembre del año siguiente. No es el año calendario.
La fórmula es: salario mensual × meses trabajados en el período ÷ 12.
Si salís a mitad de período
Te corresponde el aguinaldo proporcional, y debe incluirse en la liquidación. Un error frecuente es que la empresa solo lo pague en diciembre y no lo incluya cuando la relación termina antes: la ley exige pagarlo en la liquidación.
Dos exenciones importantes
El aguinaldo está exento del INSS y del Impuesto sobre la Renta, según la Ley 185 y la Ley de Concertación Tributaria.
Eso significa que llega completo, sin el 7 % del INSS que sí se descuenta del salario ordinario. Si te lo descontaron, está mal calculado.
Si no te lo pagan
Podés reclamarlo ante el MITRAB. Y recordá que tenés un año exacto desde la fecha del finiquito para reclamar si falta algo.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo me deben pagar el aguinaldo?
Dentro de los primeros diez días de diciembre, según los artículos 93 a 96 de la Ley 185.
¿Qué pasa si el empleador se atrasa?
Debe pagar un día de salario adicional por cada día de retraso. Ese dinero te corresponde a vos, no es una multa que vaya al Estado.
¿Cuál es el período de cálculo del aguinaldo?
Del 1 de diciembre al 30 de noviembre del año siguiente. La fórmula es salario mensual por meses trabajados dividido entre doce.
¿Le descuentan INSS al aguinaldo?
No. El aguinaldo está expresamente exento del INSS y del Impuesto sobre la Renta. Si te lo descontaron, el cálculo está mal.
¿Pierdo el aguinaldo si salgo antes de diciembre?
No. Te corresponde el proporcional y la ley exige incluirlo en la liquidación, aunque algunas empresas solo lo paguen en diciembre.