La prestación contributiva por desempleo la gestiona el SEPE, y depende de lo que hayas cotizado.
Requisitos básicos
- Estar en situación legal de desempleo — el despido lo es; la baja voluntaria no
- Haber cotizado un mínimo de 360 días en los seis años anteriores
- Estar inscrito como demandante de empleo
- Suscribir el compromiso de actividad
La baja voluntaria no da paro
Es la regla que más sorprende. Si dimites, no accedes a la prestación contributiva, salvo casos tasados de extinción por voluntad del trabajador con causa justificada.
Solicítalo pronto
Hay un plazo desde el cese para presentar la solicitud. Presentarla tarde puede hacerte perder días de prestación.
Lo que necesitas
- El certificado de empresa, que la empresa remite al SEPE
- Tu documento de identidad
- Datos bancarios
El RD-ley 2/2024 introdujo cambios en el sistema de protección por desempleo. Conviene consultar las condiciones vigentes en el SEPE, porque el subsidio y sus requisitos se han modificado.
Durante la prestación
La Seguridad Social sigue cubierta mientras cobras el paro. Si no tienes derecho a prestación, mantienes la asistencia sanitaria básica y puedes valorar el alta como autónomo.
La última nómina importa
La empresa debe tenerte correctamente dado de alta el último mes. Un error ahí retrasa la prestación.
Si la empresa no paga lo que debe
El FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial, y cubre salarios e indemnizaciones pendientes dentro de sus límites cuando la empresa no puede afrontarlos.
Es un recurso que existe precisamente para insolvencias, y conviene conocerlo antes de darlo todo por perdido.
Compatibilidad
Cobrar el paro es compatible con haber recibido la indemnización por despido.