Vacaciones: quince días, y más si llevás muchos años

Por Equipo Saplic Publicado el 12/08/2026 Actualizado el 12/08/2026

El mínimo son quince días hábiles al año. Y a partir del quinto año se suman días adicionales.

En esta guía
  1. Días hábiles
  2. Los días adicionales por antigüedad
  3. Cuándo se generan
  4. Vacaciones no gozadas
  5. Son para descansar
  6. Los derechos son irrenunciables

El Código del Trabajo ecuatoriano reconoce quince días hábiles de vacaciones remuneradas por cada año de trabajo.

Días hábiles

Al contarse en días hábiles, el descanso efectivo se extiende más allá de dos semanas de calendario.

Los días adicionales por antigüedad

A partir del quinto año de servicio con el mismo empleador, se suman días adicionales según la antigüedad, hasta un tope establecido por la ley.

Es un beneficio que premia la permanencia y que a veces las empresas no aplican correctamente. Si llevás varios años, verificá cuántos días te corresponden realmente.

Cuándo se generan

El derecho nace al completar el año de trabajo continuo. Si salís antes, te corresponde la parte proporcional al tiempo trabajado.

Vacaciones no gozadas

Se pagan en la liquidación, sin importar el motivo de la salida. Es uno de los rubros irrenunciables junto con los décimos proporcionales.

Son para descansar

La finalidad legal es el descanso efectivo. El pago en dinero está previsto para el momento de la terminación del contrato.

Los derechos son irrenunciables

Vale recordar algo que aplica a todo el régimen ecuatoriano: los derechos laborales son garantías mínimas e irrenunciables. Ningún acuerdo individual puede reducirlos, y cualquier cláusula que renuncie a ellos se tiene por no escrita.

Eso incluye las vacaciones: un acuerdo para no tomarlas o para cobrarlas por menos no tiene validez.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me tocan en Ecuador?
Quince días hábiles por cada año de trabajo, según el Código del Trabajo. Al contarse en hábiles, el descanso se extiende más de dos semanas de calendario.
¿Tengo más días si llevo muchos años?
Sí. A partir del quinto año de servicio con el mismo empleador se suman días adicionales según la antigüedad, hasta un tope legal.
¿Y si salgo antes de cumplir el año?
Te corresponde la parte proporcional al tiempo trabajado, y se paga en la liquidación.
¿Pierdo las vacaciones si renuncio?
No. Las vacaciones no gozadas se pagan en la liquidación sin importar el motivo de la salida.
¿Puedo renunciar a mis vacaciones por acuerdo con la empresa?
No tiene validez. Los derechos laborales en Ecuador son irrenunciables: cualquier cláusula que los reduzca se tiene por no escrita.

Fuentes

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