Por Equipo SaplicPublicado el 11/08/2026Actualizado el 11/08/2026
El aguinaldo es un doceavo de todo lo que ganaste entre diciembre y noviembre. Suena simple, pero hay cuatro cosas que suelen quedar fuera de la cuenta.
El aguinaldo es un derecho de toda persona trabajadora en Costa Rica, sin excepciones por tipo de contrato ni por antigüedad. Se paga durante los primeros veinte días de diciembre.
La fórmula
Se suma todo lo que ganaste en bruto entre el 1.º de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, y ese total se divide entre 12.
Es decir: no es "un salario más". Es la doceava parte de lo efectivamente devengado en el período.
Las cuatro cosas que suelen quedar fuera
Acá es donde la cuenta de la empresa y la tuya pueden no coincidir. En la suma tienen que entrar:
Las horas extra que hayás trabajado en el período
Las comisiones, si tu esquema las incluye
Los bonos y pluses que sean parte de tu remuneración habitual
Las vacaciones disfrutadas, porque son salario
Si tu ingreso varía mes a mes por comisiones, vale la pena que lleves tu propio registro. La diferencia entre calcular solo sobre el salario base y calcular sobre el bruto real puede ser considerable.
Si entraste o saliste a mitad de año
Te corresponde la parte proporcional a los meses trabajados. Y esto vale sea cual sea el motivo de la salida: renuncia, despido con causa o sin ella. El aguinaldo proporcional no se pierde nunca.
Un detalle que muchos ignoran
El aguinaldo sí paga cargas sociales, tanto patronales como obreras. Es un error frecuente en las planillas de diciembre omitirlo, y genera diferencias con la Caja que después hay que ajustar.
Si no te lo pagan
El plazo vence el 20 de diciembre. Pasada esa fecha sin pago, podés denunciarlo ante el MTSS. No hace falta esperar a que termine la relación laboral ni renunciar para reclamarlo.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el aguinaldo en Costa Rica?
Se suman todos los salarios brutos entre el 1.º de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, y ese total se divide entre 12.
¿Cuándo me tienen que pagar el aguinaldo?
Durante los primeros veinte días de diciembre. Pasado el 20 sin pago, podés presentar la denuncia ante el MTSS.
¿Entran las horas extra y las comisiones?
Sí. Entra todo lo devengado en bruto: horas extra, comisiones, bonos habituales y las vacaciones disfrutadas. Si solo te lo calculan sobre el salario base, la cuenta queda corta.
¿Pierdo el aguinaldo si renuncio?
No. El aguinaldo proporcional se paga sea cual sea el motivo de la salida, incluso en un despido con justa causa. Es un derecho irrenunciable.
¿El aguinaldo paga cargas sociales?
Sí, tanto las patronales como las obreras. Es un error común omitirlo en la planilla de diciembre.