Liquidación: lo que se paga siempre y lo que depende del despido

Por Equipo Saplic Publicado el 11/08/2026 Actualizado el 11/08/2026

Prima, cesantías y vacaciones van siempre. La indemnización solo si el despido fue sin justa causa.

En esta guía
  1. Lo que se paga siempre
  2. La indemnización por despido sin justa causa
  3. Las bases, otra vez
  4. Qué revisar antes de firmar
  5. La sanción por mora
  6. Dónde reclamar

Al terminar un contrato en Colombia, la liquidación tiene componentes que no dependen de la causa y uno que sí.

Lo que se paga siempre

  • Salarios pendientes de los días trabajados
  • Prima de servicios proporcional del semestre
  • Cesantías proporcionales del año en curso
  • Intereses sobre esas cesantías
  • Vacaciones causadas no disfrutadas y proporcionales

Esos rubros se pagan sea cual sea el motivo: renuncia, despido con justa causa o sin ella.

La indemnización por despido sin justa causa

Corresponde solo cuando el empleador termina el contrato sin una causa legal. Su monto depende del tipo de contrato y de la antigüedad.

En contratos a término indefinido se calcula con una fórmula que crece con los años de servicio, y en contratos a término fijo corresponde el valor de los salarios que faltaban hasta el vencimiento.

Las bases, otra vez

Recordá la regla de las dos bases:

  • Prima, cesantías, intereses e indemnización: base con auxilio de transporte
  • Vacaciones: base sin auxilio de transporte

Es el error más frecuente en las liquidaciones colombianas, y va en las dos direcciones.

Qué revisar antes de firmar

  1. Que la base de cada rubro sea la correcta según la regla anterior
  2. Que la antigüedad esté contada desde tu fecha real de ingreso
  3. Que aparezcan los intereses sobre cesantías, no solo las cesantías
  4. Que si tenías comisiones, estén promediadas correctamente
  5. Que las vacaciones causadas de períodos anteriores estén incluidas, no solo las proporcionales

La sanción por mora

Si el empleador no paga la liquidación al terminar el contrato, puede generarse una sanción moratoria a favor del trabajador. Es un incentivo legal para que el pago sea oportuno.

Dónde reclamar

Ante el Ministerio del Trabajo. Llevá contrato, desprendibles de pago y todo lo que documente tu salario y antigüedad.

Preguntas frecuentes

¿Qué se paga siempre en una liquidación?
Salarios pendientes, prima proporcional, cesantías proporcionales, intereses sobre cesantías y vacaciones causadas y proporcionales.
¿Cuándo me corresponde indemnización?
Solo cuando el empleador termina el contrato sin justa causa. El monto depende del tipo de contrato y de la antigüedad.
¿Cuál es el error más frecuente en las liquidaciones?
Aplicar mal la regla de las dos bases: incluir el auxilio de transporte en las vacaciones, o excluirlo de la prima y las cesantías.
¿Qué debo revisar antes de firmar?
Las bases de cada rubro, la antigüedad desde tu fecha real de ingreso, que estén los intereses sobre cesantías, el promedio de comisiones y las vacaciones de períodos anteriores.
¿Qué pasa si no me pagan la liquidación a tiempo?
Puede generarse una sanción moratoria a favor del trabajador. Es un incentivo legal para que el pago sea oportuno.

Fuentes

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