Liquidación: lo que se paga siempre y lo que depende del despido
Por Equipo SaplicPublicado el 11/08/2026Actualizado el 11/08/2026
Prima, cesantías y vacaciones van siempre. La indemnización solo si el despido fue sin justa causa.
Información orientativa
Los montos y plazos de esta guía pueden cambiar por ley. Verificá siempre la fecha de actualización y las fuentes oficiales citadas abajo. Para un caso concreto, consultá al Ministerio de Trabajo o a un profesional.
Al terminar un contrato en Colombia, la liquidación tiene componentes que no dependen de la causa y uno que sí.
Lo que se paga siempre
Salarios pendientes de los días trabajados
Prima de servicios proporcional del semestre
Cesantías proporcionales del año en curso
Intereses sobre esas cesantías
Vacaciones causadas no disfrutadas y proporcionales
Esos rubros se pagan sea cual sea el motivo: renuncia, despido con justa causa o sin ella.
La indemnización por despido sin justa causa
Corresponde solo cuando el empleador termina el contrato sin una causa legal. Su monto depende del tipo de contrato y de la antigüedad.
En contratos a término indefinido se calcula con una fórmula que crece con los años de servicio, y en contratos a término fijo corresponde el valor de los salarios que faltaban hasta el vencimiento.
Las bases, otra vez
Recordá la regla de las dos bases:
Prima, cesantías, intereses e indemnización: base con auxilio de transporte
Vacaciones: base sin auxilio de transporte
Es el error más frecuente en las liquidaciones colombianas, y va en las dos direcciones.
Qué revisar antes de firmar
Que la base de cada rubro sea la correcta según la regla anterior
Que la antigüedad esté contada desde tu fecha real de ingreso
Que aparezcan los intereses sobre cesantías, no solo las cesantías
Que si tenías comisiones, estén promediadas correctamente
Que las vacaciones causadas de períodos anteriores estén incluidas, no solo las proporcionales
La sanción por mora
Si el empleador no paga la liquidación al terminar el contrato, puede generarse una sanción moratoria a favor del trabajador. Es un incentivo legal para que el pago sea oportuno.
Dónde reclamar
Ante el Ministerio del Trabajo. Llevá contrato, desprendibles de pago y todo lo que documente tu salario y antigüedad.
Preguntas frecuentes
¿Qué se paga siempre en una liquidación?
Salarios pendientes, prima proporcional, cesantías proporcionales, intereses sobre cesantías y vacaciones causadas y proporcionales.
¿Cuándo me corresponde indemnización?
Solo cuando el empleador termina el contrato sin justa causa. El monto depende del tipo de contrato y de la antigüedad.
¿Cuál es el error más frecuente en las liquidaciones?
Aplicar mal la regla de las dos bases: incluir el auxilio de transporte en las vacaciones, o excluirlo de la prima y las cesantías.
¿Qué debo revisar antes de firmar?
Las bases de cada rubro, la antigüedad desde tu fecha real de ingreso, que estén los intereses sobre cesantías, el promedio de comisiones y las vacaciones de períodos anteriores.
¿Qué pasa si no me pagan la liquidación a tiempo?
Puede generarse una sanción moratoria a favor del trabajador. Es un incentivo legal para que el pago sea oportuno.