Indemnización: tope de 11 años y de 90 UF por mes

Por Equipo Saplic Publicado el 11/08/2026 Actualizado el 12/08/2026

Un mes por año trabajado, pero con dos límites que mucha gente descubre recién al leer su finiquito.

En esta guía
  1. Cuánto es
  2. Los dos topes
  3. Requiere más de un año
  4. La base de cálculo: artículo 172
  5. El aviso previo
  6. El descuento del aporte del empleador
  7. Las causales que no dan indemnización

La indemnización por años de servicio —la IAS— corresponde cuando el despido se hace por la causal del artículo 161, necesidades de la empresa.

Cuánto es

Un mes de remuneración por cada año trabajado, y por fracción superior a seis meses.

Los dos topes

Acá está lo que sorprende a mucha gente:

  • Tope de 11 años. Aunque lleves veinte años en la empresa, la indemnización se calcula sobre once.
  • Tope de 90 UF por mes. La remuneración base tiene ese límite, así que sueldos altos no aumentan la indemnización más allá de ese punto.

Requiere más de un año

Si tu contrato duró menos de un año, no hay indemnización por años de servicio.

La base de cálculo: artículo 172

Este es el punto técnico que más discusiones genera. La base es la última remuneración mensual, e incluye expresamente las cotizaciones previsionales de cargo del trabajador.

Eso significa que la base es el sueldo bruto imponible, no el líquido que te depositan.

SÍ incluye: todo pago recurrente mensual que recibes como contraprestación por tu trabajo, incluida la gratificación.

NO incluye: colación, movilización, viáticos, asignaciones familiares del Estado, pagos por horas extras y beneficios no regulares o esporádicos.

El aviso previo

El empleador que invoca el artículo 161 debe dar 30 días de aviso por escrito. Si no lo da, debe pagar una indemnización sustitutiva equivalente a 30 días de la última remuneración, con el mismo tope de 90 UF.

El descuento del aporte del empleador

En despidos por el artículo 161, el empleador puede descontar de la indemnización la parte del seguro de cesantía que él aportó a tu cuenta individual.

Es legal, pero conviene verificar que el descuento esté bien calculado.

Las causales que no dan indemnización

  • Artículo 159: mutuo acuerdo, renuncia voluntaria, vencimiento del plazo
  • Artículo 160: despido disciplinario por causas imputables al trabajador

Si te despiden por el artículo 160 y consideras que no hubo causa real, puedes reclamar ante la Dirección del Trabajo o en tribunales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización por años de servicio?
Un mes de remuneración por cada año trabajado y por fracción superior a seis meses, con tope de 11 años y de 90 UF por mes.
¿Por qué alguien con 20 años cobra lo mismo que uno con 11?
Porque existe un tope legal de 11 años. Superado ese punto, la antigüedad adicional no aumenta la indemnización.
¿Qué entra en la base de cálculo?
La última remuneración bruta imponible, incluida la gratificación. No entran colación, movilización, viáticos, horas extras ni beneficios esporádicos.
¿Qué pasa si no me dan aviso previo?
El empleador debe pagar una indemnización sustitutiva equivalente a 30 días de la última remuneración, con el mismo tope de 90 UF.
¿Me corresponde indemnización si renuncio?
No. La IAS aplica en el despido por necesidades de la empresa, artículo 161. Las causales del 159 y del 160 no la generan.

Fuentes

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