El finiquito chileno contempla fundamentalmente cuatro conceptos, y su formalización tiene reglas que conviene conocer.
Qué debe incluir
Remuneraciones pendientes de los días trabajados del último mes
Feriado proporcional y feriado pendiente no gozado
Indemnización por años de servicio, si la causal es el artículo 161
Indemnización sustitutiva del aviso previo, si no se dio el aviso de 30 días
La formalidad importa
El finiquito debe constar por escrito y ser ratificado ante ministro de fe: notario, inspector del trabajo, presidente del sindicato u otro habilitado.
Esa ratificación le da valor liberatorio, y por eso conviene revisarlo antes.
La reserva de derechos
Este es el punto más importante de este artículo. Si no estás de acuerdo con algún monto, puedes firmar el finiquito con reserva de derechos.
Eso te permite cobrar lo que sí corresponde sin renunciar a reclamar la diferencia. Firmar sin reserva puede dificultar cualquier reclamo posterior.
Qué revisar antes de firmar
Que la base de cálculo incluya la gratificación y todo pago recurrente
Que la base sea el bruto imponible, no el líquido
Que el feriado proporcional esté valorizado y no en cero sin explicación
Que el descuento del aporte AFC del empleador esté bien calculado, si aplica
Que la causal sea la que efectivamente corresponde
Las cotizaciones al día
El empleador debe acreditar que las cotizaciones previsionales están pagadas hasta el último mes. Si no lo están, el despido puede no producir efecto —lo que se conoce como la ley Bustos— y el empleador queda obligado a seguir pagando remuneraciones.
Es una protección importante: verifica tus cotizaciones antes de firmar.
Si no te pagan
Puedes reclamar ante la Dirección del Trabajo o demandar en tribunales laborales. Los plazos son cortos, así que conviene consultar pronto.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe incluir mi finiquito?
Remuneraciones pendientes, feriado proporcional y pendiente, indemnización por años de servicio si la causal es el artículo 161, y la sustitutiva del aviso previo si no se dio.
¿Qué es firmar con reserva de derechos?
Permite cobrar lo que sí corresponde sin renunciar a reclamar la diferencia. Firmar sin reserva puede dificultar reclamos posteriores.
¿El finiquito tiene que ratificarse?
Sí, ante ministro de fe: notario, inspector del trabajo, presidente del sindicato u otro habilitado. Esa ratificación le da valor liberatorio.
¿Qué pasa si mis cotizaciones no están al día?
El despido puede no producir efecto —conocido como ley Bustos— y el empleador queda obligado a seguir pagando remuneraciones hasta regularizarlas.
¿Sobre qué monto se calcula la indemnización?
Sobre el bruto imponible, incluida la gratificación y todo pago recurrente. No sobre el líquido que te depositan.