Las vacaciones y el SAC son los dos beneficios que todo trabajador argentino cobra, y ambos tienen particularidades de cálculo.
Los días de vacaciones
La escala del artículo 150 va según antigüedad:
- 14 días corridos con menos de 5 años
- La escala sube con la antigüedad, hasta el máximo legal
Se cuentan en días corridos, no hábiles.
Cuándo se toman
La ley prevé que se otorguen dentro de un período determinado del año, y que el empleador comunique la fecha con anticipación.
El divisor 25
Este es el punto técnico que más se equivoca. El valor del día de vacaciones sale de dividir el sueldo entre 25, no entre 30.
Como un mes tiene 30 días pero el divisor es 25, el día de vacaciones vale más que un día común. Es intencional y a favor del trabajador.
Vacaciones no gozadas
Al terminar la relación laboral se pagan las proporcionales al tiempo trabajado en el año.
Fórmula: días anuales × meses trabajados ÷ 12, multiplicado por el sueldo ÷ 25.
El SAC
El Sueldo Anual Complementario equivale a un sueldo más al año, pagado en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre.
Cada cuota es el 50 % de la mayor remuneración mensual del semestre.
El SAC proporcional
Si la relación termina a mitad de semestre, corresponde la parte proporcional: sueldo × meses del semestre ÷ 12.
Se paga siempre, sea cual sea el motivo del cese.
Lo que cambió con la Ley 27.802
El SAC quedó excluido de la base del artículo 245. Pero eso no afecta al SAC proporcional en sí: ese se sigue cobrando completo.
La diferencia es que ya no eleva el monto de la indemnización.
Qué revisar
Que las vacaciones se hayan calculado con divisor 25 y sobre la remuneración completa, no solo el básico de convenio.